DIPUTADO POR DIA / 591 Sesión de Diputados por un día.
7° Jornada viernes 27 de junio de 2025 Preside: Dip. Lionella Cattalini
27-06-2025

Institución:
Agrupación -Defendamos Nuestra Identidad- DNI - Facultad de Derecho de la UNR, de la ciudad de Rosario - Dpto. Rosario.
Participantes: 60
Cantidad de proyectos: 10
Ley: 7
Comunicación: 2
Declaración: 1
Resumen:
Comunicación: Solicita al PE evalúe la posibilidad de realizar Convenios de Medio Boleto Interprovincial con las provincias limítrofes. Aprobado
Ley: Créase el Programa Provincial de Participación Política Juvenil. Rechazado
Ley: Incorpórase la Capacitación en Inteligencia Artificial-IA en el ámbito educativo. Rechazado
Ley: Créase un espacio electrónico de Participación y consulta legislativa de la ciudadanía. Aprobado
Ley: Créase el Programa de Conmemoración Histórica Itinerante del caudillo Brigadier Estanislao López. Aprobado
Ley: Modifícase los artículos 27, 28, 33 y 34 de la Ley 11273 de Productos Fitosanitarios, los que quedan redactados de la siguiente manera:
Artículo 27: Las infracciones a la presente Ley o sus normas reglamentarias serán sancionadas con multas cuyos montos mínimos y máximos ascenderán respectivamente al valor equivalente a quince mil (15000) y cuarenta mil (40000) litros de gasoil al momento de hacer efectivo su importe.
Este importe podrá duplicarse cuando el infractor sea reincidente o cuando a juicio del organismo de aplicación, concurran circunstancias agravantes. Todo sin perjuicio de la inhabilitación temporaria o definitiva de los establecimientos, empresas y profesionales responsables.
Se considerará que existe reincidencia cuando no hayan transcurrido dos (2) años entre la comisión de una infracción sancionada y la siguiente.
Los Municipios y Comunas que posean convenios con la autoridad de aplicación de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7 de la presente Ley, percibirán el 50% (cincuenta por ciento) de las multas que se produjeran en sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 28: La venta directa al usuario de productos fitosanitarios empleados coma insecticidas, nematicidas, fungicidas, bactericidas, antibióticos, mamalicidas. avicidas, feromonas, molusquicidas, acaricidas, defoliantes y/o desecantes, fitorreguladores, herbicidas, coadyuvantes, repelentes, atractivos, fertilizantes, inoculantes y todos aquellos otros productos utilizados para la protección vegetal, no contemplados explícitamente en esta enumeración, deberá hacerse mediante autorización por escrito de Ingeniero Agrónomo habilitado en los términos y con las formalidades que establezca la reglamentación y de acuerdo a la clasificación prevista en el Artículo 29.
Aquellos expendedores que no den cumplimiento a lo establecido precedentemente serán sancionados con inhabilitación desde 2 años a 5 años de acuerdo a la gravedad de la falta cometida, sin perjuicio de las demás penalidades previstas en la presente Ley.
Artículo 33: Prohíbese la aplicación aérea de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 3.000 metros de las plantas urbanas. Excepcionalmente podrán aplicarse productos de clase toxicológica C o D dentro del radio de 500 metros, cuando en la jurisdicción exista ordenanza municipal o comunal que lo autorice, y en los casos que taxativamente establecerá la reglamentación de la presente. Idéntica excepción y con iguales requisitos podrán establecerse con los productos de clase toxicológica B para ser aplicados en el sector comprendido entre los 500 y 3.000 metros. Regular el uso de drones para la aplicación de productos toxicológicos.
Artículo 34. Prohíbese la aplicación terrestre de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 50 a 100 metros de las plantas urbanas. La aplicación por este medio de productos de clase toxicológica C y D se podrá realizar dentro del radio de los 500 metros y conforme a la reglamentación. Aprobado
Ley: Transparencia, compromiso legislativo y criterio ciudadano. Aprobado
Ley: Créase el Programa Provincial Integral de Niños, Niñas y Adolescentes en situación de vulnerabilidad social. Aprobado
Declaración: Declara de su interés el Derecho a la Educación, como la base para el desarrollo personal, social y económico. Aprobado
Comunicación: Solicita al PE gestione la creación de una mesa de contención, acción y coordinación de todos los Ministerios encargados de la protección de las niñas, niños y adolescentes. Aprobado